(Mayo 2008)

Tips acerca de la LOCTI

     
 

Según la LOCTI (Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación), toda empresa que tuvo ingresos brutos anuales por más de 100.000 UT en el año, debe invertir el 0,5% de ello en sí misma, de no hacerlo, debe aportar dicho monto a terceros (universidades, instituciones de investigación u otros entes definidos como beneficiarios) o a fondos del Ministerio de Ciencia y Tecnología. Si se tratare de una empresa del sector de los hidrocarburos, el monto del aporte asciende a 2%. Si fuere una empresa minera o de electricidad, le corresponde el 1%.

A Comsigua por sus características le corresponde hacer aportes o inversiones por el orden del 1% de ingreso bruto anual. En este sentido, la Empresa ha cumplido a cabalidad sus compromisos con la Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación (LOCTI), para los periodos del 2006 y 2007, realizando sus correspondientes aportes y declaraciones de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento legal vigente.

 
LOCTI: un instrumento legal de innovación